Las respuetas contenidas en esta sección son una ayuda para orientarte y no es información oficial de Latam. Es responsabilidad de cada tripulante mantenerse al día con los procedimientos de la empresa.
- No, el contrato colectivo al igual que la ley establece equidad de horas de vuelo y pagos pero no indica destinos ni vuelos.
- No, todo día blanco publicado y que se encuentre a continuación de un día libre publicado queda exento de chequeo y notificación, ya que no puede ser modificado.
- No, la empresa no realizará modificaciones a las actividades programadas después de día Libre, salvo que deba notificar que esa actividad se retrasó o canceló, y en este último caso el tripulante quedará sin actividad ese día.
- No, la empresa no realizará cambios de actividad en el rol de vuelo a continuación de un Período de Servicio de Vuelo que haya terminado con posterioridad a las 21:00 hrs.
- No, la ley estipula que el empleador podrá modificar por cualquier causa el Rol de Vuelo dentro de su período de vigencia, en tanto no se afecten con ello los días libres programados del trabajador.
- Completar Formulario de google para informar el cambio a soporte rol, también debes informar a movimiento diario, Grupo recozar y a tu jefatura 48 hrs antes.
- Para incidencias en Chile, a través del portal por RH. Para reportes en el extranjero, a través de My Crew Care.
- 1 hora 15 minutos con desviación de 5 minutos por tráfico.
- 1 hora 10 minutos antes del briefing, 1 hora 40 si vives fuera del perímetro.
- Deberán informar sus licencias médicas y/o extensiones a través del siguiente link:
https://forms.gle/5d8UcobmLu2QQ5Ru8
Todas las situaciones que impliquen afectación/pérdida de actividades dentro del mismo día deben continuar siendo notificadas al Call Center de Movimiento Diario.
- En el caso de una reducción o rechazo de licencia el trabajador puede pedir un recurso de reposición, presentando el siguiente formulario:
Adjuntando información adicional que justifique el diagnóstico de la enfermedad, tiene un plazo de 5 días hábiles desde que se recibe la notificación del COMPIN del rechazo o reducción. (Se recomienda adjuntar carta del médico tratante y exámenes)
- En primera instancia se debe apelar a la Isapre adjuntando información adicional que justifique el reposo o diagnóstico. Si nuevamente la Isapre rechaza esta apelación existe un plazo de 15 días hábiles para apelar al COMPIN desde el primer rechazo, presentando el siguiente formulario:
Adjuntando información adicional que justifique el diagnóstico de la enfermedad, además de copias de los rechazos informados de la Isapre y copia de la recepción de la licencia. (Se recomienda adjuntar carta del médico tratante y exámenes).
- Sí, deberás firmar un anexo de contrato estipulando fecha de inicio y duración del permiso.
- El contrato se suspende, por lo que dejas de percibir todos los beneficios que se derivan del mismo, con excepción del pago de las cotizaciones previsionales y de salud mínimas legales. Los bonos one time establecidos por contrato colectivo como aguinaldos, bonos serán pagados cuando la persona retorne a sus funciones.
Serán de cargo del trabajador los eventuales cobros adicionales asociados al plan de salud que tenga contratado.
- Sí, seguirás acumulando de forma normal.
- El anexo que debe firmarse indica claramente que el trabajador no está obligado a prestar servicios efectivos al empleador.
- Sí, mientras no exista conflicto de interés con LATAM en el lugar donde se opte por trabajar.
- No mientras estés con el PSGS.
- No, porque mantendrás tu relación laboral con LATAM.
- Solicitar atención con Universal Assistance mediante su APP, Wificall o teléfono (+54 11 2206 0706)
- Indicar datos personales (nombre y BP), país o ciudad donde estés ubicado y tus síntomas.
- El seguro evaluará la situación médica e indicará si serán atendidos por telemedicina, asistidos en el lugar donde se encuentran o derivados a centro asistencial.
- La atención finaliza cuando el médico indica que ya están aptos para retomar funciones o si regresan al país de origen.